Se dejan sin efecto medidas contra exportadores. La Afip deja de controlar ingreso de divisas, solo es función del BCRA.

Mediante la Instrucción General Nro. 6 / 2024 se deja sin efecto la Instrucción 7 y sus complementarias que establecía las pautas de trabajo a aplicar por las áreas competentes de la Dirección General de Aduanas frente a la detección de destinaciones de exportación respecto de las cuales se constatara la falta de ingreso de divisas ante el Banco Central de la República Argentina por parte de los exportadores.

Instrucción Nro. 6 / 2024: Mediante esta instrucción, se deja sin efecto la norma que establecía pautas de trabajo para las áreas competentes de la Dirección General de Aduanas. Esta norma estaba relacionada con la detección de destinaciones de exportación en las que se constataba la falta de ingreso de divisas ante el Banco Central de la República Argentina por parte de los exportadores.

Derogación de Instrucciones anteriores: Se derogan dos instrucciones generales previas: la Instrucción General Nro. 7/2022 (DGA) y su norma complementaria, la Instrucción General Nro. 19/2023 (DGA). Estas instrucciones establecían procedimientos y sanciones frente a la falta de ingreso de divisas en las exportaciones.

Fundamentos de la decisión: La medida se basa en modificaciones adoptadas por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 70/23 al régimen disciplinario aduanero y en la interpretación del Ministerio de Economía. El objetivo es adecuar las pautas procedimentales a las actuaciones actualmente en trámite.