La AFIP habilita un régimen especial para recuperar saldos no utilizados del Impuesto PAIS.

A través de la Resolución General 5720/2025, la AFIP lanzó un procedimiento excepcional para que importadores puedan recuperar pagos a cuenta del Impuesto PAIS no computados. La medida busca dar respuesta a una situación que afectó a muchas PyMEs durante los últimos años y podría significar un alivio financiero muy esperado.

¿Qué permite este nuevo régimen?
Las empresas que hayan generado saldos a favor del Impuesto PAIS entre diciembre de 2019 y diciembre de 2024, debido a cambios normativos (Decretos 433/2023, 14/2024 y 777/2024), podrán solicitar la devolución de esos importes para ser aplicados exclusivamente al pago de derechos de importación.

¿Quiénes pueden acceder?
Importadores que hayan realizado operaciones alcanzadas por los decretos mencionados y que cuenten con pagos a cuenta no utilizados total o parcialmente. Será necesario inscribirse en un nuevo registro creado por AFIP y presentar una declaración jurada digital mediante Clave Fiscal.

Plazo clave: del 8 de julio al 22 de agosto de 2025
La inscripción al régimen estará habilitada únicamente durante ese período. Desde COTIA Comex recomendamos a nuestros clientes no dejarlo para último momento, ya que una presentación tardía puede dejar fuera del beneficio.

Requisitos importantes:
-Presentación de todos los comprobantes y datos de pagos no computados.

-Inscripción en el “Registro de despachos de importación con pagos a cuenta no computados”.

-Renuncia expresa a cualquier reclamo administrativo o judicial anterior vinculado a esos pagos, mediante el Formulario 408/PD.

¿Cómo se acreditará el crédito?
Una vez validada la información, la AFIP generará un crédito en cuotas mensuales, comenzando el 8 de septiembre de 2025, que estará disponible en el Sistema Informático MALVINA (SIM). Este crédito podrá usarse solo para cancelar derechos de importación.

¿Qué pasa si hay errores?
Si el sistema detecta inconsistencias, se informarán mediante un archivo descargable. El importador podrá corregir y volver a presentar la declaración dentro del plazo vigente.

Paso a paso para acceder al beneficio:
-Reuní la documentación: pagos a cuenta, despachos, certificados especiales.

-Ingresá al sitio de AFIP con Clave Fiscal.

-Seleccioná el servicio correspondiente al nuevo registro.

-Completá la declaración jurada (DJIP).

-Corregí inconsistencias si aparecen.

-Presentá el Formulario 408/PD si tuviste reclamos previos.

-Confirmá tu inscripción.

-Hacé seguimiento en la plataforma y vía SICNEA.

-Usá el crédito para cancelar derechos de importación.

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